España prohíbe cualquier tipo de operación a mascotas con fines estéticos

2 febrero, 2018 -

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España por fin se sumó al Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía, vigente desde 1987. Tras ser aprobado y publicado en el BOE el pasado mes de octubre, ha entrado en vigor este jueves, 1 de febrero. Por tanto, queda prohibido por ley realizar cualquier tipo de operación a las mascotas con fines estéticos y no curativos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se acabó el llevar a cabo prácticas muy comunes en nuestro país como cortar el rabo y las orejas a nuestras mascotas, seccionar las cuerdas vocales o extirpar uñas o dientes. Es decir, cualquier intervención que no sea estrictamente necesaria para el bienestar del animal no se podrá realizar más en España.

Además todas esas intervenciones que necesiten anestesia deberán ser realizadas por veterinarios. Las que no, podrán ser realizadas por personas capacitadas para tal tarea, aunque siempre supervisadas por un veterinario. Lo mismo ocurre con el sacrificio de animales, que tiene un apartado específico dentro de este convenio. Debe ser practicado por un profesional y ningún caso podrá ser sacrificado con métodos como el ahogamiento, el envenenamiento, la asfixia o la electrocución.

Tras la entrada en vigor de este convenio España se ha comprometido a implementar programas y que los ciudadanos españolas aprendan y adquieran conciencia en relación al comercio de animales, el adiestramiento, su comercio y la cría. También regula todo lo que hay que hacer cuando hay mascotas abandonadas. España también tendrá que establecer medidas y concienciar a las personas para que no se regalen animales.

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